La Razón, 03 de Noviembre 2015
La normativa establece una serie de multas que pueden llegar hasta los Bs 66.240 y cárcel de hasta 10 años para quienes la vulneren. En Bolivia son generadas cerca de dos millones de toneladas de basura anualmente.
El botar basura o producir lixiviados (líquidos procedentes de la basura acumulada) que afecten cursos de agua será sancionado con hasta 10 años de cárcel, mientras las multas, por ejemplo por arrojar o enterrar residuos en vía pública, van desde Bs 2.484 hasta Bs 33.120 para personas naturales y de Bs 6.624 a Bs 66.240 para jurídicas, según lo establece la ley de Gestión Integral de Residuos. El Gobierno promulgó la norma el 28 de octubre con la finalidad de establecer políticas para la reducción de la generación de residuos, su aprovechamiento y disposición final sanitaria y ambiental. En Bolivia son generadas cerca de dos millones de toneladas de basura anualmente, de las que el 70% pueden ser procesadas para mitigar los daños al medio ambiente. Estas las 10 claves para entender la nueva ley: 1.- El aprovechamiento de residuos sólidos con finalidad de reutilización para generar beneficios al medio ambiente y economía 2.- Todo generador de residuos deberá coadyuvar en su aprovechamiento. Están incluidos también los productores de bienes de consumo y los comerciantes o distribuidores 3.- El que fabrique envases, empaques o embalajes deberá priorizar el uso de materias primas biodegradables o reciclables, promoviendo sean retornables 4.- Las personas-empresas encargadas de la recuperación o acopio de residuos reciclables tienen que contar con registros y autorizaciones 5.- Los medios de comunicación radial, audiovisual y escritos, públicos o privados están obligados a publicar espacios educativos publicitarios gratuitos sobre gestión de residuos 6.- Los gobiernos departamentales y municipales dispondrá de dineros del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) para proteger el medio ambiente 7.- Deben clasificarse los residuos en orgánicos, reciclables, no aprovechables y especiales y peligrosos 8.- Las sanciones económicas (que van de Bs 2.484 hasta Bs 33.120 para personas naturales y de Bs 6.624 a Bs 66.240 para personas jurídicas) serán aplicadas por arrojar, abandonar o enterrar residuos no peligrosos en vías o áreas públicas; incumplir las acciones de separación y clasificación; e incumplir el pago por la prestación de servicios de gestión operativa de residuos 9.- Quienes viertan lixiviados o echen basura cerca a fuentes y cursos de agua serán penados con cárcel de uno a diez años 10.- Los botaderos y áreas contaminadas por residuos deben ingresar a procesos de clausura, cierre técnicos y saneamiento ambiental
Fuente: La RazónEPSAS presentó un informe del primer semestre que consideró 1.297 muestras en las redes de distribución y tomó en cuenta
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