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Excanciller propone que se hable de “transporte” de aguas del Silala a Chile

Página Siete, 17 de Julio 2018



El excanciller Javier Murillo de la Rocha sostiene que las aguas del Silala son colectadas de ojos de aguas por canales construidos en territorio boliviano, y “transportadas” al vecino país por tuberías.

Las aguas del Silala, que principalmente benefician a actividades mineras chilenas desde hace 110 años sin pago alguno a Bolivia, no constituyen un “río internacional de curso sucesivo”,  “río Silala” ni “curso de agua internacional compartido por Bolivia y Chile”, como argumenta La Moneda, sino son aguas transportadas desde el territorio nacional  hasta el vecino país, después de que  empresas chilenas realizaran la captación de las aguas provenientes de  vertientes a través de canales colectores, para luego  transportarlas por ese medio a la región de Antofagasta. Javier Murillo de la Rocha, excanciller de Bolivia,  explicó que las aguas del Silala, colectadas de ojos de aguas que se encuentran en los bofedales del cantón Quetena, provincia Sud Lípez del departamento de Potosí, “son transportadas” hacia territorio chileno por tuberías y canales construidos, situación que “hace que a estos recursos hídricos no pueda aplicarse la definición de curso de agua internacional, establecida por la Convención de Naciones Unidas de 1997, que busca reglamentar el uso de cursos de agua que  naturalmente siempre existieron”. El también  decano de la Facultad de Derecho de la UCB sostuvo que las aguas del Silala corresponden a un manantial, formado por afloramientos de aguas subterráneas, que fueron canalizadas artificialmente por Chile para transportarlas hacia su territorio, porque “está claro –enfatizó– que si no se hubieran realizado las obras de ingeniería civil, con tal propósito,  no habría existido ningún curso de agua” y, por tanto, continuó, “no se puede fabricar un río o un curso de agua que concuerde con las especificaciones de la Convención de 1997”. Manifestó que “no se trataba de canalizar un escurrimiento natural ya existente, sino, de destruir un ecosistema, la cobertura vegetal del mismo y generar, mediante extensos canales colectores, un flujo de agua, que antes de dichas obras, cabe insistir, no existía”. Respecto de la demanda de Chile en contra de Bolivia, bajo la pretensión de que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya establezca que el Silala “es un curso de agua internacional” que, por lo tanto, también le pertenece, recordó que antes de 1908, cuando la Prefectura de Potosí hizo la concesión para el uso de dichas aguas en favor de la empresa The Antofagasta and Bolivia Railway Company Limited, lo hizo conforme a la solicitud de dicha empresa, con un objeto específico: asegurar el abastecimiento de agua para el funcionamiento de las locomotoras del ferrocarril. Por lo tanto, continuó, queda claro que no había ningún río en el cantón Quetena, que fluyera de manera natural hacia el territorio de Chile. Porque, si ése hubiera sido el caso, nada impedía al vecino país que utilizara las aguas que discurrían hacia su territorio, remarcó. La prueba de que no existía ese curso de agua es que se tuvo que solicitar al Estado boliviano, representado por la Prefectura de Potosí, para que se hicieran las captaciones y se derivara luego el caudal obtenido de los bofedales hacia el vecino país. “Chile tendría que demostrar que antes de 1908 existía un curso de agua que fluía de manera natural desde Bolivia hasta Chile”, acotó. De lo contrario se  trata de aguas “transportadas”, a las que, ratificó, no se puede aplicar la Convención de 1997. El excanciller manifestó, además, que, según criterios técnicos, para hablar de un río en Quetena, se tendría  que cumplir algunas condiciones, como, por ejemplo, que los 93 ojos de agua estén muy cerca unos de otros, concentrados de manera natural en un área reducida, pues sólo así se podría generar un volumen natural de escurrimiento permanente. Según esos mismos datos, los manantiales del Silala están dispersos en una superficie de 145 mil  metros cuadrados, aproximadamente, lo que determinó la necesidad de captar  cada uno de los manantiales y su consiguiente aducción mediante canales colectores, además de la construcción de canales revestidos con piedra y mampostería –hecha por la empresa adjudicataria– para evitar la filtración de las aguas. Los expertos señalan también que  se requieren pendientes altas, las que según los especialistas en la zona del Silala varían entre 1,8% y 6,4%, que son  gradientes muy bajas. Se estableció también que en la región del Silala    el grado de evaporación es mucho mayor que el de precipitación, y que no hay el aporte de fuentes pluviales o nivales. El experto Antonio Bazoberry, en su libro El Mito del Silala, sostiene que “en la región del Quetena (donde se encuentran las aguas del  Silala) no llueve”;  por lo tanto, “no hay  posibilidades de formación de acuíferos subterráneos”. Demanda chilena indignante Chile pide a la CIJ que establezca que “el río Silala es un curso de agua internacional”, regido por el derecho internacional y que “tiene derecho a un uso equitativo y razonable” de sus aguas. Dice que Bolivia tiene la obligación de prevenir y controlar la contaminación de las aguas. También pide intercambiar antecedentes e información, además de realizar un estudio de impacto ambiental. Murillo de la Rocha sostuvo que en la demanda chilena hay aseveraciones que tienen que ser utilizadas para reforzar la posición boliviana; por ejemplo, en el punto 11 Chile admite que utilizó “históricamente” las aguas del Silala en su exclusivo beneficio y “para distintos propósitos”, lo que invalida el argumento del principio “razonable y equitativo”, que también invoca,  a menos que considere razonable y equitativo utilizar en su exclusivo beneficio estos y otros recursos bolivianos. Pero, continuó, “lo que causa más que sorpresa e indignación es el punto 39 en el que acusa a Bolivia de negar y limitar los derechos de Chile como país ribereño de supuestos cursos de agua compartidos”. Sustenta, dijo, “su argumentación en las definiciones incompletas de la Convención 1997 sobre derechos de uso de los cursos de agua con fines distintos a la navegación”. Se apoya en estas definiciones muy generales e imprecisas de dicha Convención porque sabe “que no tiene argumentos históricos, geomorfológicos e hidrogeológicos para sustentar su demanda”. Recuerda que Chile ha buscado siempre resolver la falta de recursos hídricos en la región norte, afectando derechos bolivianos: en 1962 desvió unilateralmente las aguas del río Lauca, lo que generó una  protesta formal de Bolivia que terminó con la ruptura de las relaciones diplomáticas. De igual manera, el caso del río Caquena o Cosapilla, de curso contiguo, y que hace frontera entre los dos países, cuyo caudal es utilizado  por pobladores del lado chileno, desde,  aproximadamente 1960. 170 litros de agua por segundo son transportados desde hace 110 años Entre 170 y 250 litros de agua por segundo son transportados desde hace 110 años y de manera ininterrumpida de los bofedales del Silala, ubicados en el cantón Quetena (Potosí), hacia la región chilena de Antofagasta, sin pago alguno ni autorización expresa de Bolivia, porque la concesión de 1908 caducó en los  60. “La concesión se extingue cuando se extinguió su objeto, que era suministrar agua a las locomotoras que funcionaban con carbón, a mediados de los años 60”, recuerda el excanciller de Bolivia, Javier Murillo de la Rocha. Sostuvo que la concesión de 1908, entre la Prefectura de Potosí y la empresa The Antofagasta and Bolivia Railway Company Limited, tenía un solo objetivo,  que era proveer agua a las locomotoras; y en los años 60, esas máquinas comenzaron a utilizar diésel, entonces dejaron el vital elemento. Sin embargo, dijo, Chile continuó utilizando el agua proveniente de los manantiales del Silala, principalmente en actividades mineras en la región de Antofagasta, hasta ahora sin ninguna compensación. Murillo de la Rocha recuerda que ante los reclamos de Bolivia, por el uso del agua sin pago, Chile dijo entonces que no es un problema de Estados sino entre una empresa y la Prefectura de Potosí. En 1997, el Gobierno elevó a rango de Decreto Supremo la Resolución Administrativa 71/97 de la Prefectura de Potosí y con ello anuló la concesión de 1908. Luego de una licitación, para cobrar por el uso de agua boliviana, en 1999, la entonces Superintendencia de Aguas de Bolivia suscribió un contrato de explotación de las aguas del Silala con la empresa DUCTEC. Esta compañía comenzó a emitir facturas por el uso del agua, Chile desconoció a DUCTEC e instruyó a las empresas mineras no hacer ningún pago. Entonces, La Moneda cambió de posición y convirtió el tema en un asunto binacional (1999), en una controversia internacional, rechazada por Bolivia. El excanciller también recordó que Chile en 1908 reconoció a Bolivia como dueño legítimo de las aguas del Silala, porque solicitó la concesión y con el mismo derecho Bolivia  licitó en 1999, algo que después Chile desconoció. Chile demandó a Bolivia en 2016 ante la Corte Internacional de Justicia  porque considera que las aguas del Silala, que benefician al norte de ese país,  provienen de un río internacional y no de un manantial como afirma Bolivia. El Gobierno tiene hasta el 3 de septiembre para presentar su contramemoria ante La Hay  

Fuente: Página Siete

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